FAQ Empresas


Para poder ofertar una práctica de empresa en la Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT) deberá realizar los siguientes pasos:

1. Registrarse en la Universidad Politécnica de Cartagena. En este paso se deberá proporcionar el NIF de la persona que gestionará las ofertas de la empresa. Si ya está registrado en la Universidad y tiene su usuario y contraseña puede omitir este paso.

2. Una vez dado de alta, pulsar sobre el botón Quiero proponer una oferta de prácticas para entrar en la aplicación de Prácticas de Empresa 

3. Solicitar el alta de su empresa. La persona que solicite el alta de la empresa deberá cumplimentar los datos relativos a la identificación fiscal de la empresa.

4. La Universidad Politécnica de Cartagena validará su documentación y si es correcta, vinculará el NIF de la persona registrada en el paso 1 con el CIF de la empresa.

5. Antes de poder ofertar una prácticas, deberá tener un convenio de prácticas en vigor.

6. La empresa podrá ofertar prácticas una vez que haya firmado el convenio digitalmente. Para empezar a ofertar prácticas no es necesario esperar a que la universidad termine el proceso de firma del convenio.

Una vez solicitada el alta, la empresa deberá firmar digitalmente un Convenio de Cooperación Educativa con la UPCT. Para la firma del convenio será necesario estar provisto de un certificado digital de una Autoridad de Certificación reconocida, como la FNMT.

La firma del convenio la deberá hacer el representante legal de la empresa y el rector de la Universidad Politécnica de Cartagena.

Si la empresa ya tenía un convenio en vigor, no será necesario firmarlo de nuevo.

Haga click aquí para obtener información acerca de cómo firmar un convenio digitalmente

 

Los distintos roles de usuarios en la empresa son:

1.- Responsable de empresa: Es la persona que tiene facultades para firmar en nombre de la empresa, ésta persona puede ser el Administrador único de la misma; administrador solidario, o mancomunado (en ese caso deberán de firmar los dos representantes); apoderado; autónomo; presidente de asociación o fundación; alcalde, etc...  Puede crear ofertas de empresa y solicitar el alta de tutores de empresa mediante invitación a través del propio portal de practicas.

2.- Gestor de Empresa: Puede crear ofertas de empresa y solicitar el alta de tutores de empresa mediante invitación a través del propio portal de practicas.También es la persona de contacto con los administradores del portal de practicas para la tramitación de la práctica.

3.- Tutor de Empresa: Será el encargado de tutorizar al estudiante durante la realización de la práctica en la empresa, mantener contacto con el tutor académico para el seguimiento y emitir un informe de evaluación tras finalizar el periodo de prácticas

Primeramente accedemos al portal – “Mis empresas” y veremos que hay un icono al lado del nombre de la empresa que pone “Personas”.

A través de dicho icono accedemos a la siguiente pantalla y le pulsamos a “invitar contacto” que es el icono redondo verde con un signo más en el centro.

La siguiente pantalla a la que accedemos nos indica que rellenemos los datos de la persona que queremos dar de alta, ya sea un tutor o un gestor.

Una vez rellenados los datos, le damos a “invitar” y nos aparecerá la siguiente pantalla.

A partir de este momento ya podremos asignar a este tutor/gestor a una oferta, no hará falta esperar a que acepte la invitación.

La persona que queremos dar de alta habrá recibido un correo con una invitación para registrarse en la nueva aplicación.

Este enlace nos llevará al portal EMFOCA por lo que hay que tener en cuenta que si accede dicha persona al portal en el mismo ordenador que otra persona ha accedido anteriormente con otro usuario y contraseña, deberemos comprobar que se cerró la sesión, porque si no accederá con el perfil de la persona que accedió anteriormente y no con el suyo.

La pantalla que debe aparecer es la siguiente:

Si al indicar el número de NIF no aparece en la base de datos de la UPCT, le llegará la siguiente advertencia:

Por lo que deberá pinchar en la palabra enlace para darse de alta como persona externa de la UPCT. Si le aparece un mensaje diciendo que ya está en nuestra base de datos también deberá hacer click en el enlace correspondiente (dependiendo de si recuerda su contraseña o debe recuperarla).

Una vez que se haya dado de alta o recuperado su contraseña, ya puede acceder con el usuario y contraseña que ha creado. Haga click de nuevo en el enlace que ha recibido en el correo y vuelva a escribir su DNI/NIF, esta vez en el mensaje de advertencia tendrá que hacer click en el enlace de iniciar sesión. Si todo va bien le aparecerá la pantalla de inicio de sesión "PAU - Punto de Acceso Único". Después de iniciar sesión verá que la aplicación le lleva otra vez a la misma pantalla pero con sus datos personales rellenos a falta del teléfono y del cargo de su empresa. Lo último que debe de hacer es pulsar en 'Aceptar' para confirmar el registro en la empresa.

 

 

· Empresas privadas cuyo titular es una persona física: Fotocopia del D.N.I de la persona física, y certificado de estar inscrito en el Registro Mercantil o fotocopia del documento que acredite estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas o última declaración de IVA.

· Empresas privadas cuya titularidad corresponde a una persona jurídica (S.A., S.R.L, etc.): Fotocopia del D.N.I. de la persona que tiene capacidad legal de firma en nombre de la empresa; fotocopia del C.I.F., y escritura donde se acredite la capacidad de representación de la persona que firme los convenios de colaboración y cuyo DNI se ha aportado.

· Empresas y Organismos públicos: Fotocopia del nombramiento de la persona que lo represente y, en su caso, fotocopia de la norma en la que se refleje la delegación de competencia, o bien delegación de firma y fotocopia del DNI de la persona que firma.

· Asociaciones e Instituciones sin ánimo de lucro: Fotocopia del Acta de Constitución de la Entidad, así como de los Estatutos debidamente inscritos en el Registro correspondiente, y fotocopia del DNI de la persona que firma.

Un alumno puede hacer prácticas curriculares y las horas a realizar serán las necesarias para el reconocimiento de los créditos que esté matriculado. El alumno deberá consultar la cantidad de horas en su Secretaría de Gestión Académica. 

Si las prácticas son extracurriculares, el alumno podrá realizar hasta un máximo de 750 por curso académico, es decir del 1 de octubre al 30 de septiembre del año siguiente. 

Un alumno no podrá realizar prácticas más de dos años consecutivos en la misma empresa.

El estudiante podrá realizar hasta un máximo de cinco horas diarias, salvo las siguientes excepciones:

1. Que las prácticas se realicen exclusivamente en los meses de verano (julio, agosto y septiembre).

2. Que el estudiante esté matriculado de un número inferior a 18 créditos ECTS (excluidos los créditos de la asignatura de prácticas curriculares)

3. Que el estudiante curse un Master o Doctorado y obtenga la  autorización expresa del Coordinador de las prácticas de empresa del título.

En los supuestos antes referidos podrán realizar has 40 horas semanales con un límite de 8 horas diarias.

Cuando las prácticas que realice el alumno sean remuneradas, la empresa tiene obligación de dar de alta al alumno en Seguridad Social desde la fecha de inicio de las prácticas hasta la fecha de su finalización, de acuerdo con el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.

En el supuesto de prácticas CURRICULARES la empresa podrá  bonificarse el 100% de las cuotas  que haya cotizado por el estudiante. Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. (Disposicion final vigesimoquinta)

Con el consentimiento del estudiante, se hará con, al menos, 15 días hábiles de antelación a la fecha de finalización del periodo inicial y sólo podrá ser aceptada en el caso que no supere el máximo de horas de prácticas (750 horas por curso académico). Puede hacerlo a través de la aplicación PEM o bien ponerse en contacto con SIPEM (practicas@upct.es) e indicar la duración de la prórroga y las condiciones de la misma: horas a realizar al día, remuneración, vacaciones en el caso de que existan, y cualquier otro dato que considere necesario. 

En caso que el estudiante no cumpla lo establecido en el Reglamento vigente y/o en los Anexos de las condiciones particulares de las prácticas suscritos por todas las partes, a solicitud de la entidad o de la Universidad Politécnica de Cartagena y en cualquier momento, se le podrá revocar la práctica, dejándola sin efectos económicos y/o académicos. La solicitud puede realizarla a través de la aplicación PEM indicando la causa que ha se estar suficientemente justificado. 

Para indicar la titulación no solamente hay que seleccionarlo en la pestaña, si no que también hay que darle al botón "añadir" (es un cuadrado verde, con el signo de sumar en el centro) para que la titulación se añada en la siguiente pestaña.